La huelga puede terminar por diversos motivos: por haberse desarrollado durante el tiempo previsto en la convocatoria, por desconvocatoria y, excepcionalmente por arbitraje obligatorio.
En cuanto a la desconvocatoria nada dice el RD 17/77 más allá de que los trabajadores pueden darla por terminada en cualquier momento...Ampliar
El derecho de huelga se ha sometido legalmente a una serie de formalidades o condiciones de ejercicio que tienen por objeto salvaguardar otros bienes e intereses constitucionalmente protegidosAmpliar
No, esa práctica que realizan las empresas para mitigar los efectos de la huelga se llama esquirolaje.
Por esquirolaje hay que entender la contratación temporal de trabajadores no vinculados a la empresa al tiempo de declararse la huelga para sustituir a los trabajadores huelguistasAmpliar
En la comunicación de la huelga se ha de reflejar la composición del comité de huelga. Es un órgano previsto por la ley para la gestión de la huelga y en particular para procurar la negociación y la resolución del conflicto.
Funciones: participar en cuantas acciones sindicales, administrativas o judiciales se realicen...Ampliar