De cara a la huelga general del 29 de Septiembre, el empresario deberá colgar una nota informativa dejando claros cuales son los derechos de los trabajadores que secunden la huelga y aquellos que no lo hagan.Ampliar
Para el próximo día 29 de Septiembre ha sido convocada huelga general por los Sindicatos CC.OO y UGT. Es previsible que ante dicha convocatoria alguno o parte de los trabajadores de su empresa decidan secundar dicha convocatoria. Para el supuesto en que se produzca dicha circunstancia, parece oportuno, que mediante la ...Ampliar
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La regulación de los piquetes se encuentra en el art. 6.6 RD 17/77. Queda limitado por el respeto de la libertad de trabajo de aquellos trabajadores que no quieran sumarse a la huelga, previéndose incluso un tipo penal de delito de coacciones en caso de piquetes de huelgaAmpliar